Inicio de sesión

1.01.Alta en el padrón municipal de habitantes por nacimiento.


Qué es Para qué:
Alta en el padrón municipal de habitantes de Zalla de un/a recién nacido/a.
Quién lo puede solicitar:
Padre o madre del/la recién nacido/a, o tutor legal.
Documentación a aportar:

  1. Hoja de Solicitud de Alta Padronal por Nacimiento cumplimentada.

  2. DNI, pasaporte o permiso de residencia de la persona solicitante.

  3. Libro de familia donde conste el/la recién nacido/a.

Dónde se solicita:
Presencialmente: En el Ayuntamiento (C/ Kosme Bibanko, 2 48860 – Zalla) y en el Arangune (Barrio la inmaculada 11, 48850 Aranguren) en horario

Por correo postal: En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto
.
Telemáticamente: sac.zalla.eus

Para mas información:
llamar al 010 (Si se encuentra en el municipio) o al 946390001 (desde fuera de municipio)
Cuánto cuesta:
Gratuito.
Plazo del procedimiento:
El mismo día de su inscripción el alta ya es efectiva.
Normativa aplicable:
Artículo 53 y siguientes del Real Decreto 1690/1986, Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales (BOE nº 190 de 14 de agosto de 1986).
Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local (BOE nº 80 de 3 de abril de 1985), art. 15 y siguientes
Procedimiento a seguir después de la solicitud:
1. Recoger, comprobar y escanear la documentación presentada.
2. Introducir los datos, si son correctos, en la aplicación del padrón de habitantes.
3. Remitir la documentación al área de Organización.
Resumen de trámites posteriores:
Archivar.
Documentos Auxiliares:
Solicitud de Alta Padronal por Nacimiento.
Quién lo aprueba:
Departamento Municipal Responsable de la tramitación:
Organización
Información válida hasta:
Observaciones:

Tramitación electrónica