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Contenido de la página
1.07. Certificado de Empadronamiento Histórico.
Datos generales
Legislación
Documentación
Qué es Para qué:
Solicitud de certificado a efectos de acreditación de padrones anteriores.
Quién lo puede solicitar:
Toda persona interesada o su representante legal.
Documentación a aportar:
Escrito de solicitud general, con indicación de todos los domicilios donde haya residido.
Certificado de defunción, en el caso de que se refiera a alguna persona fallecida de cuyo fallecimiento no haya constancia en el Padrón Municipal de Habitantes.
En el caso de solicitar el certificado de residencia de hijos menores cuando no se convive en el mismo domicilio, se deberá aportar documento acreditativo de la Patria Potestad o autorización del progenitor con el cual convivan.
- Si viene el interesado:
1. DNI o pasaporte o documento de identidad que lo sustituya, o en su caso permiso de residencia o NIE, de cualquiera de las personas que figuren empadronados en el domicilio.
- Si viene persona autorizada:
1. Documento acreditativo de la representación.
2. Documento original de su DNI, pasaporte, permiso de conducir o permiso de residencia, según proceda.
3. Copia del DNI, pasaporte, permiso de conducir o permiso de residencia del interesado según proceda.
Dónde se solicita:
Presencialmente:
En el Ayuntamiento (C/ Kosme Bibanko, 2 48860 – Zalla) y en el Arangune (Barrio la inmaculada 11, 48850 Aranguren) en
horario
Por correo postal:
En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto
.
Telemáticamente:
sac.zalla.eus
Para mas información:
llamar al 010 (Si se encuentra en el municipio) o al 946390001 (desde fuera de municipio)
Cuánto cuesta:
Gratuito.
Plazo del procedimiento:
Al momento en atención presencial siempre y cuando la información solicitada esté incorporada en la base de datos.
En el caso de que la información no se encuentre incorporada en la base de datos, solicitudes , telefónicas o correo postal en 24h. El certificado se recibirá en el domicilio que conste en el padrón.
Telemáticamente: al momento en cuanto se implemente el servicio.
Normativa aplicable:
Artículo 53 y siguientes del Real Decreto 1690/1986, Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales (BOE nº 190 de 14 de agosto de 1986).
Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local (BOE nº 80 de 3 de abril de 1985), art. 15 y siguientes.
Procedimiento a seguir después de la solicitud:
- Si la información está incorporada a nuestra base de datos:
1. Recoger y Comprobar la documentación aportada.
2. Realizar el trámite de petición del certificado a través del sistema informático.
3. Firmar el certificado de empadronamiento histórico.
4. Entrega del certificado de empadronamiento histórico a la o el interesado. En caso de solicitud telefónica, correo ordinario remitirlo por correo postal según procedimiento establecido por el Ayuntamiento.
- En otro caso:
1. Recoger y Comprobar la documentación aportada.
2. Remitir la documentación al área de Organización.
Resumen de trámites posteriores:
Solo en el caso de que la información no se encuentre disponible en la base de datos:
1. Emitir el certificado de empadronamiento histórico.
2. Firmar el certificado de empadronamiento histórico.
3. Entrega del certificado de empadronamiento histórico a la o el interesado. En caso de solicitud telefónica, correo ordinario remitirlo por correo postal según procedimiento establecido por el Ayuntamiento.
Documentos Auxiliares:
Solicitud general.
Quién lo aprueba:
Departamento Municipal Responsable de la tramitación:
Organización.
Información válida hasta:
Observaciones:
Tramitación presencial
Solicitud general.
Tramitación electrónica
Tramitar