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6.13. Actividad clasificada sometida a comunicación previa.


Qué es Para qué:
Comunicación previa que faculta para la puesta en funcionamiento, ampliación o reforma de una actividad o instalación pública o privada, incluidas en el apartado B) del Anexo II de la Ley 7/2012, susceptible de originar daños al medio ambiente, a las personas o a sus bienes, generar riesgos de producir tales daños o causar molestias a las personas, según relación dada en art. 55 de la Ley 3/1998, General de Protección de Medio Ambiente del País Vasco, modificado por la Ley 7/2012 de 23 de abril.
En caso de ser necesario realizar obras en el local, se deberá solicitar la autorización de obra oportuna, por separado, en el impreso correspondiente.
Quién lo puede solicitar:
Toda persona o su representante legal.
Documentación a aportar:
1. Escrito de solicitud según instancia específica. (Hoja de solicitud - Comunicación previa de actividad clasificada)
2. Documentación técnica específica:
- La certificación expedida por persona técnica competente que acredite que la actividad y/o las instalaciones se adecuan al proyecto constructivo o a la documentación técnica presentada y que cumple con todos los requisitos ambientales, incluidos, en su caso, los recogidos en la correspondiente declaración de impacto ambiental.
- Documentación técnica redactada y firmada por técnico competente, con propuesta de medidas correctoras, que contendrá como mínimo:
A. Memoria: Memoria descriptiva y ambiental de la actividad y de las medidas implantadas para su desarrollo, incluyendo:
- Descripción del local, superficies (útiles y construidas) totales y parciales según usos, así como la posición del local dentro del edificio, sus accesos y comunicaciones con el mismo.
- Fotografía/as en color de la/s fachada/as.
- Descripción de la Actividad (su objeto y características técnicas propias de su desarrollo o proceso productivo, maquinaria, combustibles, instalaciones higiénicas…) y de las medidas implantadas para minimizar el posible impacto de la actividad en el medio ambiente, las personas o sus bienes.
- Descripción y características técnicas de la maquinaria necesaria para el funcionamiento de la actividad y en su caso de las instalaciones previstas para la ventilación y/o climatización del local.
- Antecedentes del local o actividad, describiendo y especificando si es NUEVA, REFORMA O LEGALIZACION de una actividad ya existente.
- Justificación del cumplimiento normativo de aplicación municipal (NNSS, Ordenanzas, Código Técnico de la Edificación CTE, accesibilidad, Protección contra incendios, Normas sanitarias, etc.)
B. Planos:
- Situación de la actividad (escala mínima 1:5000).
- Emplazamiento en el que se señale la ubicación exacta del local o edificio y lo relacione con el resto de la finca (escala mínima 1:5000).
- Plantas Acotadas: planos acotadas del Estado Actual de todos los niveles que conforman el local, indicando
-Distribución y usos con cotas y superficies de las distintas dependencias que componen el local (escala mínima 1:50), así como justificación de cumplimiento de las normas de accesibilidad.
-Instalaciones: ventilación, climatización, maquinaria, protección de incendios, saneamiento, fontanería, electricidad, (escala mínima 1:50).
-Secciones acotadas, indicando alturas de los espacios y usos, conductos, instalaciones, maquinarias (longitudinal y transversal (escala mínima 1:50).
- Sección trazada por su acceso y cotas de rasante.
- Fachada/s en estado actual y futuro (escala mínima 1:50).
- Otros planos de detalle precisos para la actividad.
3. Aportación de las correspondientes autorizaciones y puestas en servicio que se contemplan en las diferentes normativas de seguridad industrial para aquellas instalaciones sometidas a reglamentos específicos (instalación eléctrica, instalación técnica, instalación de gas, ascensor, etc.).
4. Se deberá acreditar la cualificación técnica, o habilitación profesional del Técnico que presenta el certificado, en caso de que el mismo no venga visado por el Colegio profesional correspondiente.
5. Se deberá presentar un ejemplar en papel, pudiendo añadir una copia en CD con el fin de agilizar la tramitación.
6. Alta del Impuesto de Actividades Económicas (Hacienda).
7. Documento que acredite haber realizado el pago de la tasa correspondiente a 305,65 euros, salvo abono “in situ”.
Dónde se solicita:
Presencialmente: En el Ayuntamiento (C/ Kosme Bibanko, 2 48860 – Zalla) y en el Arangune (Barrio la inmaculada 11, 48850 Aranguren) en horario

Por correo postal: En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto
.
Telemáticamente: sac.zalla.eus

Para mas información:
llamar al 010 (Si se encuentra en el municipio) o al 946390001 (desde fuera de municipio)
Cuánto cuesta:
Importe: 305,65 euros.
El obligado al pago deberá realizarse mediante la carta de pago:
- En cualquiera de las oficinas colaboradoras en el horario que ella establezcan: Kutxabank, LaboralKutxa, Banco Santander, La Caixa y Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA).
- Pago online a través de la página www.zalla.org a través del Link “Mi pago”.
- En la oficina de atención ciudadana SAC mediante efectivo o tarjeta de crédito.

Plazo del procedimiento:
Plazo estimado: al momento.
Normativa aplicable:
Artículos 55 a 66 de la Ley 3/1998, de Protección General del Medio Ambiente del País Vasco (BOPV nº 59 de 27/3/1998) modificados en parte por la Ley 7/2012 de 23 de abril. (BOE nº 116 de 15/05/2012).
Ordenanza municipal reguladora de las actividades clasificadas sometidas a comunicación previa y licencia de actividad.
Decreto 515/2009, de 22 de septiembre, por el que se establecen las normas técnicas, higiénico-sanitarias y medioambientales de las explotaciones ganaderas.
Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por la prestación de servicios o realización de actividades municipales.
Procedimiento a seguir después de la solicitud:
1. Recoger, comprobar la documentación, en caso de ser correcta, escanear y registrar la solicitud junto con la documentación.
2. Entregar copia sellada a la persona solicitante como justificante.
3. Remitir al Área de Territorio con copia al Área de Organización y a la Policía Local.
Resumen de trámites posteriores:
1. Recoger, comprobar la documentación, y en caso de no aportar documento acreditativo sobre el pago del impuesto cobrar. En caso de ser correcta, escanear y registrar la solicitud junto con la documentación.
2. Entregar copia sellada a la persona solicitante como justificante.
3. Remitir al Área de Territorio con copia al Área de Organización y a la Policía local.
Documentos Auxiliares:
Hoja de solicitud - Comunicación previa de actividad clasificada.
Quién lo aprueba:
Departamento Municipal Responsable de la tramitación:
Territorio.
Información válida hasta:
Modificación normativa.
Observaciones:
El Listado de actividades e instalaciones clasificadas sometidas a comunicación previa de actividad Anexo II B) de la Ley 3/98 y el listado de actividades comerciales y de servicios del Anexo del Real Decreto-ley 19/2012 se adjuntan en el ANEXO I de la Ordenanza municipal reguladora de las actividades clasificadas sometidas a comunicación previa y licencia de actividad.
Se advierte que El ayuntamiento se reserva el derecho de realizar las inspecciones que estime oportunas.

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