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Contenido de la página
1.09. Renovación de la Inscripción Padronal para Extranjeros No Comunitarios Sin Autorización de Residencia Permanente.
Datos generales
Legislación
Documentación
Qué es Para qué:
Renovación periódica cada dos años de las inscripciones en el Padrón de los ciudadanos extranjeros no comunitarios que carezcan de autorización de residencia permanente (denominada de “larga duración” desde 2011).
Quién lo puede solicitar:
Ciudadanos no comunitarios residentes en España que carezcan de autorización de residencia permanente (denominada de “larga duración” desde 2011) o su representante legal.
Documentación a aportar:
Solicitud, según modelo.
Tarjeta de residencia expedida por las autoridades españolas en vigor o pasaporte en vigor de su país de nacionalidad (si se halla caducado, además, resguardo de su renovación). La renovación se realizará preferentemente con el Nº de identificación de extranjero (NIE). La tarjeta de residencia de terceros países no será válida.
En el caso de menores de edad, la solicitud de renovación deberá firmarse por el progenitor o representante legal responsable del menor.
En caso de actuar en nombre de un tercero, documento acreditativo de la representación.
.
Dónde se solicita:
Presencialmente:
En el Ayuntamiento (C/ Kosme Bibanko, 2 48860 – Zalla) y en el Arangune (Barrio la inmaculada 11, 48850 Aranguren) en
horario
Por correo postal:
En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto
.
Telemáticamente:
sac.zalla.eus
Para mas información:
llamar al 010 (Si se encuentra en el municipio) o al 946390001 (desde fuera de municipio)
Cuánto cuesta:
Gratuito.
Plazo del procedimiento:
Al momento.
Normativa aplicable:
Legislación
Procedimiento a seguir después de la solicitud:
1. Recoger, comprobar y escanear los datos de la persona solicitante.
2. Introducir los datos en la aplicación informática del padrón de habitantes.
3. Remitir la documentación al área de Organización.
Resumen de trámites posteriores:
Archivar.
Documentos Auxiliares:
Solicitud de Renovación de la Inscripción Padronal para Extranjeros No Comunitarios Sin Autorización de Residencia Permanente.
Quién lo aprueba:
Departamento Municipal Responsable de la tramitación:
Organización.
Información válida hasta:
Observaciones:
La inscripción en el Padrón Municipal de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente (denominada de “larga duración” a partir de 2011) deberá ser objeto de renovación periódica cada dos años. Si la renovación no se realizase en el plazo señalado será causa para acordar la caducidad de la inscripción y la baja en el Padrón de Habitantes.
Tramitación presencial
.Solicitud de Renovación de la Inscripción Padronal para Extranjeros No Comunitarios Sin Autorización de Residencia Permanente.