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3.10. Solicitud de Aplazamiento o Fraccionamiento de Obligaciones Tributarias.


Qué es Para qué:
Solicitud de aplazamiento o fraccionamiento de deudas cuando la situación económico-financiera impida, de forma transitoria, efectuar el pago.
Quién lo puede solicitar:
Toda persona o su representante legal.
Documentación a aportar:
DNI.
Escrito de solicitud aplazamiento debidamente cumplimentado.
Documentación que ponga de manifiesto o acredite la situación económico-financiera que impide de forma transitoria el pago de la deuda.
Garantía (por el importe total de la deuda) en caso de aplazamiento o que la deuda fraccionada sea superior a 10.000 euros. Ver Ordenanza municipal.
Dónde se solicita:
Presencialmente: En el Ayuntamiento (C/ Kosme Bibanko, 2 48860 – Zalla) y en el Arangune (Barrio la inmaculada 11, 48850 Aranguren) en horario

Por correo postal: En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto
.
Telemáticamente: sac.zalla.eus

Para mas información:
llamar al 010 (Si se encuentra en el municipio) o al 946390001 (desde fuera de municipio)
Cuánto cuesta:
El tipo de interés aplicable será el tipo de interés legal del dinero incrementado en un 25%.
Plazo del procedimiento:
- Plazo estimado: 1 semana.
- Plazo máximo legal: dos meses.
- Efectos del silencio administrativo: desestimado.
Normativa aplicable:
Ordenanza Municipal de Gestión, Recaudación e Inspección de Tributos e Ingresos de Derecho Público. (Art. 44 a 55).
Norma Foral 2/2005, general Tributaria (Art. 63).
Procedimiento a seguir después de la solicitud:
1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud junto con la documentación.
2. Entregar copia sellada a la persona solicitante como justificante.
3. Remitir al Área de Organización.
Resumen de trámites posteriores:
1. Emisión de Informe Técnico.
2. Resolución por el órgano competente.
3. Remitir al Área de Organización
4. Notificación a la persona interesada.
Documentos Auxiliares:
Solicitud general.
Quién lo aprueba:
Alcalde.
Departamento Municipal Responsable de la tramitación:
Organización.
Información válida hasta:
Modificación normativa.
Observaciones:
Fraccionamientos y aplazamientos:
- Deudas inferiores a 150 euros: no se conceden.
- Deudas no superiores a 600 euros:
Aplazamientos:
1. De 150 a 300 euros ............... 1 mes
2. De 301 a 450 euros .............. 2 meses
3. De 451 a 600 euros .............. 3 meses
Fraccionamientos: no se conceden
- Deudas superiores a 600 euros:
Aplazamientos:
1. Desde 601 a 2.000 .................. 6 meses
2. Desde 2.001 a 6.000 .............. 12 meses
3. Desde 6.001 a 10.000 ............ 18 meses
4. A partir de los 10.001 ............. 24 meses
Fraccionamientos:
1. Desde 601 a 3.000 .................. 6 meses
2. Desde 3.001 a 10.000 ............. 12 meses
3. Desde 10.001 a 15.000 ........... 18 meses
4. A partir de los 15.001 .............. 24 meses
La fecha de pago del primer fraccionamiento será el día 10 del mes siguiente a la fecha de concesión del mismo o día hábil posterior.
En el caso de no cumplir dos de los fraccionamientos solicitados, se entenderá por desistido y continuará el procedimiento ejecutivo de apremio.

Tramitación presencial