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4.03. Obtención del Carnet de la Red Nacional de Bibliotecas de Euskadi.


Qué es Para qué:
Obtención de un carnet para la utilización de todos los servicios bibliotecarios de toda la C.A.V.
Quién lo puede solicitar:
Cualquier persona física o su Representante legal.
Documentación a aportar:
Rellenar la ficha de inscripción.
En caso de representación legal escrito de acreditación y representación legal.
Dónde se solicita:
Presencialmente: En el Ayuntamiento (C/ Kosme Bibanko, 2 48860 – Zalla) y en el Arangune (Barrio la inmaculada 11, 48850 Aranguren) en horario

Por correo postal: En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto
.
Telemáticamente: sac.zalla.eus

Para mas información:
llamar al 010 (Si se encuentra en el municipio) o al 946390001 (desde fuera de municipio)
Cuánto cuesta:
Gratuito.
Plazo del procedimiento:
Plazo Estimado: Al momento.
Plazo legal: 1 mes.
Silencio administrativo: negativo.
Normativa aplicable:
Ley 11/2007 del Gov. de Euskadi sobre la Red de Lectura Pública.
Ley 15/1999 del 13 de diciembre sobre Protección de Datos de Caracter personal.
Procedimiento a seguir después de la solicitud:
1.- Recoger solicitud, verificarla y registrarla.
2.- Entregar copia correspondiente.
3.- Remitir al Área de ciudadanía.
Resumen de trámites posteriores:
1.- Comprobación de que los datos son correctos por parte de los responsables de la biblioteca.
2.- Impresión del carnet.
3.- Notificación al interesado.
Documentos Auxiliares:
Ficha de inscripción.
Quién lo aprueba:
Procedimiento automático.
Departamento Municipal Responsable de la tramitación:
Ciudadanía.
Información válida hasta:
Modificación normativa.
Observaciones:
Si los solicitantes son menores, la solicitud deberá estar firmada por padres o tutores.

Tramitación presencial