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4.07. Solicitud de ingreso en O.A.L. Residencia Zallako Eguzki.
Datos generales
Legislación
Documentación
Qué es Para qué:
Solicitud para el ingreso en el O.A.L. Residencia Zallako Eguzki, de personas mayores de forma privada.
Quién lo puede solicitar:
Personas mayores de 60 años empadronadas en Bizkaia, tanto válidas como asistidas que no tengan enfermedad infecto-contagiosa.
Documentación a aportar:
Inicialmente:
Solicitud según modelo establecido.
D.N.I. o documento acreditativo de la identidad del solicitante y, en su caso, del representante legal.
Una vez confirmada la existencia de plaza:
Tarjeta Sanitaria.
Certificado de Empadronamiento en el caso de no ser vecino del municipio.
Certificado Médico acreditando situación y el no tener enfermedad infecto-contagiosa.
Certificado de pensión del INSS y/o entidad pagadora de otras pensiones.
Certificado de entidades financieras acreditativa de títulos, valores, ó dinero en efectivo depositado en las mismas, así como rendimientos obtenidos por ellos.
Dónde se solicita:
Presencialmente:
En el Ayuntamiento (C/ Kosme Bibanko, 2 48860 – Zalla) y en el Arangune (Barrio la inmaculada 11, 48850 Aranguren) en
horario
Por correo postal:
En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto
.
Telemáticamente:
sac.zalla.eus
Para mas información:
llamar al 010 (Si se encuentra en el municipio) o al 946390001 (desde fuera de municipio)
Cuánto cuesta:
Nuevos Ingresos de Personas Validas 1.394,70 €/mes.
Nuevos Ingresos de Personas Asistidas 75,71 €/día.
Plazo del procedimiento:
Solicitud inicial: En función de disponibilidad por grado de ocupación.
La solicitud se puede realizar en cualquier momento independientemente de que exista plaza o no, y en función de la disponibilidad, se va llamando a las solicitudes que están en lista de espera.
Solicitud una vez confirmada existencia de plaza.
Plazo variable dependiendo de la entrega de documentación ( No está regulado).
Silencio administrativo: negativo.
Normativa aplicable:
Normativa de Ingreso aprobada por la Junta Rectora del Organismo en vigor.
Procedimiento a seguir después de la solicitud:
1.-Recoger, comprobar identidad, y registrar la solicitud.
2.-Entregar copia sellada a la persona solicitante.
3.- Remitir la solicitud a la Residencia.
Resumen de trámites posteriores:
1.- Entrega de documentación.
2.-Valoración del caso.
3.- Solicitud de documentación aclaratoria o adicional.
4.-Aprobación o denegación de la solicitud de plaza en la Residencia por parte del Presidente del Organismo Autónomo Local (O.A.L.).
Documentos Auxiliares:
Hoja de solicitud.
Quién lo aprueba:
Junta Rectora del Organismo Autónomo ó por facultades atribuidas por la Junta, el Presidente.
Departamento Municipal Responsable de la tramitación:
Ciudadanía.
Información válida hasta:
Modificación de Normativa.
Observaciones:
Tramitación presencial
Hoja de solicitud.