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6.14. Actividad clasificada sometida a licencia de actividad.
Datos generales
Legislación
Documentación
Qué es Para qué:
Licencia municipal que faculta para la puesta en funcionamiento, ampliación o reforma de una actividad o instalación pública o privada, incluidas en el apartado A) del Anexo II de la Ley 7/2012, susceptible de originar daños al medio ambiente, a las personas o a sus bienes, generar riesgos de producir tales daños o causar molestias a las personas, según relación dada en art. 55 de la Ley 3/1998, General de Protección de Medio Ambiente del País Vasco, modificado por la Ley 7/2012 de 23 de abril.
En caso de ser necesario realizar obras en el local, se deberá solicitar la autorización de obra oportuna, por separado, en el impreso correspondiente.
Quién lo puede solicitar:
Toda persona o su representante legal.
Documentación a aportar:
1. Escrito de solicitud según instancia específica. (Hoja de solicitud - Licencia de actividad clasificada)
2. Documentación técnica específica:
- Proyecto técnico redactado y firmado por técnico competente, con propuesta de medidas correctoras, que contendrá:
A. Memoria Ambiental: Memoria descriptiva y ambiental de la actividad y de las medidas implantadas para su desarrollo, incluyendo:
Descripción del local, superficies (útiles y construidas) totales y parciales según usos, así como la posición del local dentro del edificio, sus accesos y comunicaciones con el mismo.
Fotografía/as en color de la/s fachada/as.
Descripción de la Actividad (su objeto y características técnicas propias de su desarrollo o proceso productivo, maquinaria, combustibles, instalaciones higiénicas…) y de las medidas implantadas para minimizar el posible impacto de la actividad en el medio ambiente, las personas o sus bienes.
Descripción y características técnicas de la maquinaria necesaria para el funcionamiento de la actividad y en su caso de las instalaciones previstas para la ventilación y/o climatización del local.
Antecedentes del local o actividad, describiendo y especificando si es NUEVA, REFORMA O LEGALIZACION de una actividad ya existente.
Justificación del cumplimiento normativo de aplicación municipal (NNSS, Ordenanzas, Código Técnico de la edificación CTE, accesibilidad, Protección contra incendios, Normas sanitarias, etc.)
B. Planos
Situación de la actividad (escala mínima 1:5000).
Emplazamiento en el que se señale la ubicación exacta del local o edificio y lo relacione con el resto de la finca (escala mínima 1:5000).
Plantas Acotadas: planos acotadas del Estado Actual de todos los niveles que conforman el local, indicando
Distribución y usos con cotas y superficies de las distintas dependencias que componen el local (escala mínima 1:50), así como justificación de cumplimiento de las normas de accesibilidad
Instalaciones: ventilación, climatización, maquinaria, protección de incendios, saneamiento, fontanería, electricidad, (escala mínima 1:50).
Secciones Acotadas indicando alturas de los espacios y usos, conductos, instalaciones, maquinarias (longitudinal y transversal) (escala mínima 1:50).
Sección trazada por su acceso y cotas de rasante.
Fachada/s en estado actual y futuro (escala mínima 1:50).
Otros planos de detalle precisos para la actividad.
3. Estudio de Impacto Ambiental: sólo en los casos de actividad sometida a evaluación de Impacto Ambiental.
4. Aportación de las correspondientes autorizaciones y puestas en servicio que se contemplan en las diferentes normativas de seguridad industrial para aquellas instalaciones sometida a reglamentos específicos (instalación eléctrica, instalación térmica, instalación de gas, ascensor, etc.).
5. Se deberá acreditar la cualificación técnica, o habilitación profesional del redactor del Proyecto, en caso de que el proyecto no venga visado por el Colegio profesional correspondiente.
6. Deberá presentar dos ejemplares de la documentación en papel, pudiendo añadir una copia en formato electrónico (a través de un CD o USB) con el fin de agilizar la tramitación.
7. Alta del Impuesto de Actividades Económicas (Hacienda).
Dónde se solicita:
Presencialmente:
En el Ayuntamiento (C/ Kosme Bibanko, 2 48860 – Zalla) en horario:
De Lunes a Viernes de 8:00 a 15:00
En aranguren (Barrio la inmaculada 11, 48850 Aranguren) en horario:
De Lunes a Viernes de 17:00 a 20:00
Por correo postal:
En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.
Telemáticamente:
www.zalla.org
Email:
sac@zalla.org
Para mas información llamar al 010 (Si se encuentra en el municipio) o al 946390001 (desde fuera de municipio)
Cuánto cuesta:
Importe: 855,50 euros.
Los traspasos de negocio o cambio de titularidad no tributaran tasa alguna.
El obligado al pago deberá realizarse mediante la carta de pago:
- En cualquiera de las oficinas colaboradoras en el horario que ellas establezcan: Kutxabank, LaboralKutxa, Banco Santander, La Caixa y Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA).
- Pago online a través de la página www.zalla.org a través del Link “Mi pago”.
- En la Oficina de atención ciudadana SAC mediante efectivo o tarjeta de crédito.
Plazo del procedimiento:
Plazo estimado: tres meses
Plazo máximo legal: seis meses.
Efectos del silencio administrativo: positivo, salvo informe desfavorable del órgano ambiental.
Normativa aplicable:
Artículos 55 a 66 de la Ley 3/1998, de Protección General del Medio Ambiente del País Vasco (BOPV nº 59 de 27/3/1998) modificados en parte por la Ley 7/2012 de 23 de abril. (BOE nº 116 de 15/05/2012).
Ordenanza municipal reguladora de las actividades clasificadas sometidas a comunicación previa y licencia de actividad
Decreto 515/2009, de 22 de septiembre, por el que se establecen las normas técnicas, higiénico-sanitarias y medioambientales de las explotaciones ganaderas.
Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por la prestación de servicios o realización de actividades municipales.
Procedimiento a seguir después de la solicitud:
1. Recoger, comprobar la documentación, y en caso de no aportar documento acreditativo sobre el pago del impuesto cobrar. En caso de ser correcta, escanear y registrar la solicitud junto con la documentación.
2. Entregar copia sellada a la persona solicitante como justificante.
3. Remitir al Área de Territorio con copia al Área de Organización y a la Policía local.
Resumen de trámites posteriores:
1. Exposición Pública en BOB y notificación personal a colindantes.
2. Remisión a la Administración Sanitaria para emisión de Informe preceptivo y vinculante.
3. Remisión al Órgano Ambiental correspondiente para emisión del informe de imposición de medidas correctoras (vinculante si es negativo).
4. Emisión de Informe Técnico Municipal.
5. Resolución por Decreto de Alcaldía.
6. Remisión al Área de Organización para emitir la liquidación.
7. Notificación a la persona interesada.
8. Una vez instalada y habilitada la actividad, comunicación previa del interesado (según modelo, link) acompañada de certificación expedida por persona técnicamente competente donde se acredite que se adecua al proyecto y cumple con las medidas correctoras impuestas. El ejercicio de la actividad se podrá iniciar desde el día de su presentación.
9. Visita de comprobación por Técnico competente, en un plazo máximo de una semana.
10. Registro de la actividad.
Documentos Auxiliares:
Hoja de solicitud - Licencia de actividad clasificada.
Quién lo aprueba:
Departamento Municipal Responsable de la tramitación:
Territorio.
Información válida hasta:
Modificación normativa.
Observaciones:
El Listado de actividades e instalaciones clasificadas sometidas a licencia de actividad Anexo II A) de la Ley 3/98 se adjunta en el ANEXO I de la Ordenanza municipal reguladora de las actividades clasificadas sometidas a comunicación previa y licencia de actividad.
Tramitación presencial
Hoja de solicitud - Licencia de actividad clasificada.