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6.20. Licencia de instalación de grúas torre.


Qué es Para qué:
Autorización administrativa que se otorga para la instalación y funcionamiento de grúas, independientemente de la licencia de obra.
Quién lo puede solicitar:
Toda persona o su representante legal.
Documentación a aportar:
1. Escrito de solicitud de información según Solicitud general.
2. Proyecto Técnico de Instalación y de Seguridad, suscrito por personal técnico competente y visado en el Colegio Oficial de Arquitectos Vasco Navarro. Un ejemplar en papel y otra en soporte digital.
3. Homologación de la fabricación de la grúa.
4. Certificado de resistencia del terreno.
5. Seguro de Responsabilidad Civil por un importe mínimo de 600.000 euros.
Dónde se solicita:
Presencialmente: En el Ayuntamiento (C/ Kosme Bibanko, 2 48860 – Zalla) y en el Arangune (Barrio la inmaculada 11, 48850 Aranguren) en horario

Por correo postal: En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto
.
Telemáticamente: sac.zalla.eus

Para mas información:
llamar al 010 (Si se encuentra en el municipio) o al 946390001 (desde fuera de municipio)
Cuánto cuesta:
Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) además de la Tasa de la licencia de obras. (ICIO + TASA).
ICIO

Clase de construcción, instalación u obra:

En presupuestos que importen hasta 30.050,61 Euros, el tipo de gravamen a aplicar será de un 4,5 % sobre dicho presupuesto.
En presupuestos de más de 30.050,61 Euros, el tipo será del 5, 0 %.

TASA LIC. OBRA.

Por tramitación de licencias de obras cuyo presupuesto importe:

Hasta 300 euros una tasa de 3 euros
De 300,01 a 600 euros una tasa de 6 euros
De 600, 01 a 1.200 euros una tasa de 12 euros
De 1.200,01 a 3.000 euros una tasa de 24 euros
De 3.000,01 a 6.000 euros una tasa de 36 euros
De 6.000,01 a 9.000 euros una tasa de 48 euros
De 9.000,01 a 12.000 euros una tasa de 60 euros
De 12.000,01 a 18.000 euros una tasa de 300 euros
De 18.000,01 a 30.000 euros una tasa de 450 euros
De 30.000,01 a 150.250 euros una tasa de 600 euros
De 150.250,01 a 300.500 euros una tasa de 1.200 euros
De 300.500,01 a 600.000 euros una tasa de 3.000 euros
Más de 600.000 euros una tasa de 6.000 euros
- Por ocupación de vía pública, ver lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal reguladora de las Tasas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público .
* para las bonificaciones, ver lo dispuesto en la Ordenanza fiscal reguladora Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
Plazo del procedimiento:
Plazo estimado: 7 días.
Plazo máximo legal: tres meses.
Efectos del silencio administrativo: negativo.
Normativa aplicable:
Procedimiento a seguir después de la solicitud:
1. Recoger, comprobar la documentación, en caso de ser correcta, escanear y registrar la solicitud junto con la documentación.
2. Entregar copia sellada a la persona solicitante como justificante.
3. Remitir al Área de Territorio.
Resumen de trámites posteriores:
1. Emisión de informe técnico.
2. Resolución por la Alcaldía.
3. Remitir al Área de Organización para emitir la liquidación.

4. Notificación a la persona interesada por el Área de Organización.
Documentos Auxiliares:
Solicitud general.
Quién lo aprueba:
Decreto de Alcaldía.
Departamento Municipal Responsable de la tramitación:
Territorio.
Información válida hasta:
Modificación normativa.
Observaciones:
Deberá presentar certificado de montaje.

Tramitación presencial


Tramitación electrónica