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6.21. Licencia de colocación de andamios, montacargas, y otros elementos auxiliares de obra.
Datos generales
Legislación
Documentación
Qué es Para qué:
Licencia que se otorga por el aprovechamiento especial del Dominio Público por colocación temporal de andamios de construcción, montacargas y otros elementos auxiliares de obra.
Quién lo puede solicitar:
Toda persona o su representante legal.
Documentación a aportar:
1.Escrito de solicitud según Solicitud describiendo:
Croquis de la exacta porción o espacio de dominio público que se pretende utilizar.
El tipo, características, materiales y número de unidades de la instalación o instalaciones que se pretenden.
Las franjas temporales y horarias del aprovechamiento pretendido.
2. Seguro de Responsabilidad Civil y pago de la anualidad.
3. Según los casos:
GRUPO 1.- ANDAMIOS TUBULARES HOMOLOGADOS (Altura igual o menor de 3 m)
- Croquis del mismo al instalador del andamio (pintor, albañil, etc) siguiendo las directrices del fabricante y certificado AENOR del elemento a instalar.
GRUPO 1.- ANDAMIOS TUBULARES HOMOLOGADOS ( de 3 a 30 metros)
Certificado de andamiaje previo a la instalación firmado por técnico competente.
Certificado de montaje y uso firmado por técnico competente, con acreditación del técnico.
GRUPO 2.- ANDAMIOS TUBULARES HOMOLOGADOS (Superior a 31 metros)
- Proyecto de andamiaje, redactado y firmado por técnico competente y visado por el colegio oficial correspondiente.
Certificado de montaje y uso firmado por técnico competente, con acreditación del técnico.
- Datos de la empresa instaladora.
GRUPO 3.- PLATAFORMA ELEVADORA MOTORIZADA
- Unicamente para reparaciones puntuales y mantenimientos.
- Informe suscrito por Técnico competente y certificado AENOR del elemento a instalar.
GRUPO 4.- ANDAMIOS COLGANTES
- Informe de seguridad para montaje, uso y desmontaje firmado por técnico competente, con acreditación del técnico.
GRUPO 5.- MONTACARGAS
-Informe de seguridad para montaje, uso y desmontaje firmado por técnico competente, con acreditación del técnico.
GRUPO 6.- SILOS DE MORTERO
- Certificado de instalación de silo suscrito por la empresa instaladora.
GRUPO 7.- CASETA DE OBRA
- m2 del espacio a ocupar, ubicación y días.
GRUPO 8 OTROS MEDIOS DE ELEVACION O DESCENSO DE MATERIALES
- Características de la instalación.
Dónde se solicita:
Presencialmente:
En el Ayuntamiento (C/ Kosme Bibanko, 2 48860 – Zalla) y en el Arangune (Barrio la inmaculada 11, 48850 Aranguren) en
horario
Por correo postal:
En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto
.
Telemáticamente:
sac.zalla.eus
Para mas información:
llamar al 010 (Si se encuentra en el municipio) o al 946390001 (desde fuera de municipio)
Cuánto cuesta:
Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) además de la Tasa de la licencia de obras. (ICIO + TASA).
ICIO
Clase de construcción, instalación u obra:
En presupuestos que importen hasta 30.050,61 Euros, el tipo de gravamen a aplicar será de un 4,5 % sobre dicho presupuesto.
En presupuestos de más de 30.050,61 Euros, el tipo será del 5, 0 %.
TASA LIC. OBRA.
Por tramitación de licencias de obras cuyo presupuesto importe:
Hasta 300 euros una tasa de 3 euros
De 300,01 a 600 euros una tasa de 6 euros
De 600, 01 a 1.200 euros una tasa de 12 euros
De 1.200,01 a 3.000 euros una tasa de 24 euros
De 3.000,01 a 6.000 euros una tasa de 36 euros
De 6.000,01 a 9.000 euros una tasa de 48 euros
De 9.000,01 a 12.000 euros una tasa de 60 euros
De 12.000,01 a 18.000 euros una tasa de 300 euros
De 18.000,01 a 30.000 euros una tasa de 450 euros
De 30.000,01 a 150.250 euros una tasa de 600 euros
De 150.250,01 a 300.500 euros una tasa de 1.200 euros
De 300.500,01 a 600.000 euros una tasa de 3.000 euros
Más de 600.000 euros una tasa de 6.000 euros
- Por ocupación de vía pública, ver lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal reguladora de las Tasas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público .
-Mercancías, materiales de construcción, escombros, vallas, puntales, asnillas, andamios y otras instalaciones
(m² o fracción y mes o fracción) 1,30 euros
Contenedores para depósito de escombros o materiales
(m² o fracción y mes o fracción) 2,30 euros
* para las bonificaciones, ver lo dispuesto en la Ordenanza fiscal reguladora Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
Plazo del procedimiento:
- Plazo estimado: 3 días.
- Plazo máximo legal: tres meses.
- Efectos del silencio administrativo: negativo.
Normativa aplicable:
Procedimiento a seguir después de la solicitud:
Recoger, comprobar la documentación, en caso de ser correcta, escanear y registrar la solicitud junto con la documentación.
Entregar copia sellada a la persona solicitante como justificante.
Remitir al Área de Territorio con copia a la policía Local.
Resumen de trámites posteriores:
Emisión de informe técnico. (Área de Territorio - Policía Local).
Resolución por la Alcaldía.
Remitir al Área de Organización para emitir la liquidación.
Notificación a la persona interesada por el Área de Organización.(Copia a la Policía local).
Documentos Auxiliares:
Solicitud general.
Quién lo aprueba:
Decreto de Alcaldía.
Departamento Municipal Responsable de la tramitación:
Territorio.
Información válida hasta:
Modificación normativa.
Observaciones:
Únicamente se podrá llegar a permitir otro tipo de protecciones cuando los trabajos de cubierta se realicen de forma puntual, para trabajos muy específicos, cuando el presupuesto no supere los 3000 euros y siempre que el técnico municipal, mediante informe previo, así lo considere oportuno.
Tramitación presencial
Solicitud .
Tramitación electrónica
Tramitar