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Solicitud de cambio de titular de concesión funeraria.
Datos generales
Legislación
Documentación
Qué es Para qué:
Traspaso de la titularidad de la concesión funeraria, por cualquiera de las siguientes causas: Cesiones entre vivos, Transmisiones por fallecimiento del titular y Transmisiones por renuncia del titular.
Quién lo puede solicitar:
Todas las personas o su representante legal que hayan estado empadronadas en el municipio al menos doce meses en los dos años previos a su fallecimiento, o bien descendientes en línea directa de personas nacidas en Zalla o que residieron en este municipio al menos 25 años, hasta el tercer grado.
Documentación a aportar:
- Escrito de Solicitud
- D.N.I. o N.I.F. del solicitante.
- Título de la Concesión Funeraria objeto de cesión/transmisión.
1. Cesiones entre vivos:
En cesiones a favor de familiares en línea recta y colateral, documentación acreditativa del grado de parentesco entre el cedente y el cesionario.
En cesiones a favor de cónyuges y personas con lazos de afectividad, libro de familia o documentación acreditativa de la circunstancia de que se trate (con antigüedad de al menos 5 años).
En cesiones a favor de entidades benéficas, documentación acreditativa del carácter benéfico de la entidad.
2. Transmisiones por fallecimiento del titular:
Certificado de Defunción.
Si hubiera testamento y herederos testamentarios, fotocopia del mismo. o en su caso, Declaración de Herederos (para concesión funeraria).
En transmisiones a favor del cónyuge sobreviviente: fotocopia del libro de familia y declaración de que no hay disposición testamentaria de la concesión funeraria.
En transmisiones por fallecimientos intestados: libro de familia, declaración jurada/responsable de que no hay disposición testamentaria de la concesión funeraria.
Si el causante hubiere instituido diversos herederos o si no hubiese cónyuge sobreviviente y diversas personas resultasen herederas, la titularidad del derecho funerario será reconocida a favor del que designen los herederos por mayoría, aportando un listado/declaración de herederos.
3. En transmisiones por renuncia del titular es preceptivo que el titular haya manifestado su renuncia tanto a recuperar los restos como a renovar la unidad de enterramiento, y es necesario que presente documentación acreditativa del grado de parentesco con la persona inhumada.
- En caso de representación acreditación mediante el correspondiente escrito de representación.
Dónde se solicita:
Presencialmente:
En el Ayuntamiento (C/ Kosme Bibanko, 2 48860 – Zalla) y en el Arangune (Barrio la inmaculada 11, 48850 Aranguren) en
horario
Por correo postal:
En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto
.
Telemáticamente:
sac.zalla.eus
Para mas información:
llamar al 010 (Si se encuentra en el municipio) o al 946390001 (desde fuera de municipio)
Cuánto cuesta:
7,65 €
Plazo del procedimiento:
Plazo estimado: 1 semana.
Plazo Legal: 3 meses.
Silencio administrativo: Negativo.
Normativa aplicable:
Ordenanza fiscal reguladora de las Tasas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial de dominio público municipal.
Ordenanza fiscal reguladora de las Tasas por la prestación de servicios públicos y realización de actividades municipales.
Procedimiento a seguir después de la solicitud:
1. Recoger, comprobar, escanear y registrar la solicitud junto con la documentación.
2. Entregar copia sellada a la persona solicitante como justificante.
3. Remitir al área de ciudadanía para su tramitación.
Resumen de trámites posteriores:
Comprobar los datos por parte del área de la organización.
Dictar Decreto Alcaldía.
Emitir nuevo Título concesión por el plazo restante de concesión.
Notificación.
Documentos Auxiliares:
Escrito de Solicitud general.
Quién lo aprueba:
Alcaldía.
Departamento Municipal Responsable de la tramitación:
Ciudadanía.
Información válida hasta:
Modificación Normativa.
Observaciones:
Tramitación presencial
Solicitud
Tramitación electrónica
Tramitar